Partes diarios y declaraciones juradas.
N° 6/2023. Establece la obligación de remitir el parte diario. Aprueba el modelo de parte diario. Aprueba el formulario digital de la “Declaración Jurada – Ley Nº 9.312”.
Porcentaje de excedente de azúcar.
Nº 20/2023. Establece el porcentaje provisorio de la producción de azúcar estimada que resultaría excedente del consumo interno previsto durante la zafra 2023/2024 (valor establecido 6,25 %).
Nº 54/2023. Establece el porcentaje definitivo de la producción de azúcar estimada que resultaría excedente del consumo interno previsto durante la zafra 2023/2024 (valor establecido 12,43 %).
Tasa retributiva - bonificación.
N°13/2023. Faculta al Instituto de Promoción del Azúcar y Alcohol de Tucumán a otorgar con carácter general, bonificaciones de hasta el 20%(veinte por ciento) de los montos de los contribuyentes según lo establecido por la Ley N°9.628
La reunión, presidida por el Gobernador Osvaldo Jaldo, estableció formalmente los compromisos sobre mercado local e internacional del azúcar, así como la producción de alcohol para la campaña 2024.
Se abordaron temas cruciales relacionados con la planificación de actividades clave para el sector, como la cosecha, la exportación y la producción de biocombustibles.
La reunión con funcionarios de la provincia e industriales azucareros tuvo como objetivo establecer compromisos clave para la próxima campaña