Partes diarios y declaraciones juradas.
N° 18/2025. Establece la obligación de remitir el parte diario. Aprueba el modelo de parte diario. Aprueba el formulario digital de la “Declaración Jurada – Ley Nº 9.312”.
Determinación del excedente.
Nº 37/2026. Determinación del porcentaje provisorio de la producción de azúcar estimada que resultaría excedente del consumo interno previsto para la zafra 2026. junio 2026 (valor establecido 31,80%). B.O. 31.218 del 10/06/2026
Tasa retributiva - bonificación.
N°56/2024. Faculta al Instituto de Promoción del Azúcar y Alcohol de Tucumán a otorgar con carácter general, bonificaciones de hasta el 20%(veinte por ciento) de los montos de los contribuyentes según lo establecido por la Ley N°9.628
Formulario de solicitud de bonificación para tasa retributiva
El Instituto mostró tradición y el valor estratégico de la industria sucroalcoholera.
El Directorio del IPAAT evaluó el avance de la zafra 2026, con un 62% de progreso, y destacó la importancia de la nueva Ley de Biocombustibles para fortalecer la industria sucroalcoholera.
El Instituto mostrará en el stand del Gobierno de Tucumán la promoción de la industria sucroalcoholera y el valor estratégico del bioetanol como energía limpia y renovable.